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¿Cómo se calcula el subsidio del 35% para pago de planillas?



Sección: Noticias -
Fecha: 28/03/2020 -

El Gobierno ha emitido recientemente el Decreto de Urgencia N° 033-2020, mediante el cual se han establecido nuevas disposiciones y medidas con la finalidad de reducir el impacto de la prolongación del Estado de Emergencia Nacional en la economía de las personas y las empresas del país.


En ese sentido, una de las principales medidas adoptadas mediante este Decreto es el otorgamiento de un subsidio económico para las empresas del 35% de sus planillas de trabajadores que perciban remuneración mensual de hasta S/ 1,500.00.


"Así como las familias tienen problemas y estamos apoyándolos a través del Midis, del MTPE y de los municipios, también las empresas tienen problemas porque no están operando durante estos días, por lo que también las queremos apoyar con la finalidad de preservar el empleo, (...), ante lo cual se ha aprobado mediante decreto de urgencia un artículo que define un subsidio del Estado a la planilla de las empresas de 35% respecto de sus trabajadores que ganen hasta S/ 1,500.00", señaló el presidente Martín Vizcarra.

Sin embargo, la forma de cálculo de este subsidio viene generando bastantes dudas, sobretodo en las redes sociales, en las cuales no existe un criterio unánime con respecto a dicho cálculo.

En razón de ello, creemos conveniente detallar cuál es el procedimiento correcto para realizar el cálculo del subsidio que le corresponde a las empresas.


¿Cómo se calcula el subsidio del 35%?

Para comprender la forma de cálculo de este subsidio de forma sencilla, a continuación se presenta un caso práctico:


DATOS DE LA EMPRESA
La empresa "Calzados del Norte EIRL" (microempresa), nos informa que en el mes de febrero del 2020 realizó la declaración del PDT PLAME correspondiente al periodo enero del 2020, en la cual incluyó a sus 5 trabajadores:




SOLUCIÓN

Paso 1: Debemos sumar las remuneraciones de todos los trabajadores que cumplan con los 3 requisitos para percibir el bono

El primer requisito lo cumplen los 5 trabajadores, porque fueron declarados en el PDT PLAME del mes de enero del 2020.


El segundo requisito lo cumplen también los 5 trabajadores, porque ninguno de ellos cesó antes del 15 de marzo del 2020.

Sin embargo, el tercer requisito sólo lo cumplen los trabajadores Caballero García Carlos, Mendoza Pereda Luis y Pérez Zavaleta Antonio, porque sus remuneraciones son iguales o menores a S/ 1,500.00.

Por lo tanto, para el cálculo del subsidio sólo deberán sumarse las remuneraciones percibidas por estos 3 trabajadores, conforme se muestra a continuación:





Paso 2: Aplicamos el 35% al monto determinado en el punto anterior

El punto ii) del artículo 15.2° del Decreto de Urgencia N° 033-2020 señala lo siguiente: 


"Para determinar el monto del subsidio, se considera únicamente a los empleadores que cumplan con las condiciones establecidas, y se suman las remuneraciones brutas mensuales de todos los trabajadores que igualmente cumplan con tales condiciones. Dicha suma se multiplica por 35%".

En el punto N° 1 de este ejemplo ya hemos determinado la suma  de las remuneraciones brutas mensuales de todos los trabajadores de la empresa "Calzado del Norte EIRL que cumplen con los requisitos establecidos en el Decreto de Urgencia N° 033-2020; por lo tanto, para calcular el subsidio sólo debemos multiplicar dicho importe por 35%, conforme se muestra a continuación:




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